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marzo 26, 2024Según lo prescrito, el 20 de marzo de 2024 entra en vigor el RDL. 6/2023 por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia, en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo (BOE 20-12-2023).
Entre las novedades introducidas cabe destacar el empleo de los avances tecnológicos existentes en materia de comunicación con el fin de agilizar los procesos seguidos ante los Tribunales en nuestro país.
En este sentido, el Art. 129 bis,1, indica que , Los actos de juicio, vistas, audiencias, comparecencias, declaraciones y, en general, todos los actos procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que las oficinas judiciales tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello. Esta dinámica viene a dar respuesta a los problemas de celeridad en los asuntos judiciales, en respuesta a los derechos del ciudadano.
Así mismo, mediante la “la carpeta justicia”, el ciudadano, sea o no, persona jurídica, tendrá acceso a los expedientes en los que sea parte o interesado y responder tramitar las comunicaciones que se le efectúen con relación a estos.